Campaña para el bienestar de los animales de compañía

Índice

Esterilización

Beneficios y ventajas que mejoran la vida de tu perro y de tu gato

  • Aumenta su esperanza de vida. Con la esterilización evitas posibles enfermedades reduciendo la incidencia de tumores. En las hembras previene las infecciones en el útero y quistes en el ovario; y en los machos, problemas de próxtata y otras enfermedades.
  • Más higiene en casa. En los machos, con una sencilla operación reduces el marcaje con orina; en las hembras, además, eliminas la posibilidad de manchas ocasionadas por el celo.
  • Elimina su ansiedad sexual. Disminuyes el instinto de montar, sus intentos de fuga y sus maullidos.
  • Sin dolor. Todas las intervenciones se realizan con anestesia general.
  • En muy poco tiempo. Tras la operación tu animal se habrá recuperado totalmente en tan sólo 2 o 3 días.

La verdad de la esterilización

  • Su temperamento, vitalidad, cariño, inteligencia, ganas de jugar …no cambian.
  • Evitas muchas conductas molestas para los animales y para sus dueños.
  • Es un bien para la sociedad, ya que evitas la proliferación de camadas no deseadas y su inevitable sacrificio.
  • Las esterilización los hace más sociables y menos problemáticos.

Los falsos «mitos» de la esterilización

  • No es cierto que los animales esterilizados pierden vitalidad, enferman y se vuelven apáticos.
  • No es cierto que las hembras deben tener como mínimo un parto.
  • No es cierto que tras la operación engordan.
  • No es cierto que pieden el instinto.

Las mejores opciones

  • Para el macho: lo más recomendable es una operación denominada orquiectomía. Con ella eliminaremos la producción de espermatozoides y de hormonas sexuales. Es la intervención más utilizada en la Comunidad Europea.
  • Para la hembra: se recomienda la ovariohisterectomía, ya que de esta forma eliminamos camadas no deseadas y la aparición del celo. También es la intervención más usada en la Comunidad Europea.

En cualquier caso, pide consejo a tu veterinario. Es el profesional cualificado para asesorarte sobre el sistema de esterilización más adecuado para tu perro y para tu gato.

Conoce la ley

Conociendo y cumpliendo la Ley, tu seguridad y la de tu animal estará protegida.

El poseedor de un animal es el responsable de los daños y perjuicios que ocasione y está obligado a adoptar las medidas necesarias para evitar molestias a sus conciudadanos.

Tenencia y circulación de animales por vías públicas

Las condiciones sobre la tenencia y circulación de animales por vías y espacios públicos urbanos, estan reguladas por las Ordenanzas Municipales. en su defecto, la Ley de Protección de los Animales Domésticos no permite:

  • Mantener animales en terrazas y jardines en horario nocturno, cuando ocasionen molestias evidentes a los vecinos.
  • La tenencia de animales en solares y en general, en aquellos lugares en que no pueda ejercerse sobre ellos la debida vigilancia.
  • Circular por vías y espacios públicos urbanos con animales, sin adoptar las medidas de seguridad necesarias para su control (uso de correa).

Además prohíbe:

  • La entrada de animales en zonas destinadas a juegos infantiles.
  • Que los animales beban directamente de grifos o caños de uso público.
  • Poseer en un mismo domicilio más de cinco perros y gatos sin la correspondiente autorización.
  • Incitar o consentir ataques entre animales, o a personas.

Asimismo, el poseedor de un animal deberá evitar que ensucie los espacios públicos, procediendo en su caso a su limpieza. En los lugares cerrados donde existan perros sueltos, deberá advertirse su presencia de forma visible y adecuada.

Protección animal

La Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, regula la obligatoriedad de mantenerlos en buenas condiciones higiénico-sanitarias.

Además prohíbe:

  • maltratos,
  • abandonarlos,
  • mantenerlos en instalaciones indebidas,
  • praticarles mutilaciones,
  • no alimentarlos adecuadamente,
  • donarlos como reclamo publicitario,
  • venderlos a menores o incapacitados,

y en general todo aquello que les pueda producir daños innecesarios.

Otras obligaciones

El propietario de un animal tiene la obligación de identificarlo y censarlo.

Además, todo titular de un perro estará obligado a contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra la indemnización por los posibles daños que pueda ocasionar a las personas o bienes.

El incumplimiento de la Ley será sancionado con multas en función de la gravedad de la infracción.

En cualquier caso, pide consejo a tu veterinario. Es el profesional cualificado para asesorarle sobre estos aspectos, tan importantes para la correcta tenencia de tu perro y de tu gato.

Identificación

Gracias a la identificación, más de 12.000 perros son devueltos cada año a sus dueños en la Comunidad de Madrid.

En caso de extravío o sustracción de su animal, comuníquelo al teléfono 91 564 54 59 (Registro Oficial de Animales de Compañía)

¿En qué consiste la identificación?

Consiste en vincular, mediante un sistema de marcaje, a un animal con su propietario. Los sistemas de marcaje autorizados son el chip o el tatuaje, los cuales tienen un código único para cada animal, que quedará asociado a los datos del propietario en un Registro Oficial de Animales de compañía creado al efecto.

¿Cuándo se debe realizar?

La identificación de perros y gatos es obligatoria en la comunidad de Madrid. Se debe aplicar antes de los tres meses de vida del animal o un mes después de su adquisición.

¿Es indolora?

La identificación no conlleva riesgos ni dolor para el animal. Es rápida y segura. Además, es invisible, no afecta a su estética.

¿Dónde se realiza?

Debes acudir a tu Clínica Veterinaria. El veterinario es quien debe identificar a tu perro y a tu gato.

Ventajas

  • Tu animal queda identificado de por vida, incorporándose a un Registro General.
  • Se reconoce tu titularidad
  • Permite llevar un control sanitario del animal, sus vacunaciones e incidencias sanitarias quedan registradas.
  • Identificando a tu perro o a tu gato, lo tendrás siempre localizable.
  • En caso de extravío, tu domicilio, tu teléfono de contacto y demás datos de localización facilitarán su devolución. Estos datos pueden y deben ser actualizados. En caso de sufrir algún cambio, comunícalo al Registro Oficial.