Solicitud de hojas de reclamaciones

(SISTEMA UNIFICADO DE RECLAMACIONES S.U.R)

Información general

En la Comunidad de Madrid, toda persona física o jurídica que comercializa bienes o presta servicios a los consumidores finales debe disponer de hojas de reclamaciones a disposición del usuario, para que pueda formular sus quejas.

Sin embargo, existen una serie de excepciones para determinados sectores, que no tienen la obligación de disponer las hojas de reclamaciones específicas de Consumo (SUR), sino que cuentan con su propio modelo.

  • Profesionales liberales colegiados.
  • Centros de enseñanza reglada.
  • Servicios públicos prestados directamente por la Administración Pública si disponen de un sistema propio de reclamaciones.
  • Sector turístico, espectáculos públicos, juegos y apuestas, sanidad, servicios sociales…

Tanto los sectores como los organismos de los que dependen se pueden consultar en el apartado “Empresas” /“órganos con hojas de reclamación específicas” .

Además los comercios están obligados a exhibir, de forma perfectamente visible, un cartel en el que figure la leyenda “Existen hojas de reclamaciones a disposición del consumidor”. Puede descargarlo desde el siguiente enlace.

Tras la publicación de la Orden del 8 de marzo de 2017, los empresarios y establecimientos tienen a su disposición un nuevo modelo de hoja de reclamaciones para entregar a los consumidores y usuarios en sus establecimientos

Las hojas de reclamaciones oficiales anteriores al nuevo modelo que tengan los establecimientos, podrán ser utilizadas hasta ser agotadas.

 

Solicitud:

Con la entrada en vigor de la Orden de 3 febrero de 2017, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, los empresarios y profesionales, pueden descargar directamente las hojas de reclamaciones desde el siguiente enlace.